Seguro de Comunidad

Protección Integral para tu Comunidad de Vecinos

El seguro de comunidad de vecinos de Teknova está diseñado para proteger los intereses comunes de todos los propietarios. Ofrecemos coberturas completas que aseguran la tranquilidad de los residentes frente a imprevistos que puedan afectar las áreas comunes del edificio.

  • Incendio, explosión y caída del rayo.
    Incendio: Daños sufridos en los bienes asegurados por un incendio., explosión, implosión. Daños sufridos por los bienes asegurados por la acción súbita o violenta de la presión o depresión de los gases o vapores.
    • Gastos de demolición y desescombro
    • Gastos aplicación de medidas adoptadas por la autoridad
    • Gastos de salvamento
  • Riesgos derivados de la naturaleza
    Los daños materiales directos producidos a los bienes asegurados, cuando se produzcan de forma anormal alcanzando las siguientes magnitudes
    • Lluvia: precipitación superior a 40 litros por m2/hora
    • Viento: velocidades superiores a 80 km/hora
    • Pedrisco o nieve; cualquiera que sea su intensidad.
    • También los daños por viento en los bienes asegurados ocasionados por objetos transportados o derribados por el viento, siempre que la velocidad sea superior a 80 km/hora.
  • Extensión garantía y otras garantías.
    • Daños materiales por actos de vandalismo o malintencionados.
    • Gastos desatasco. Gastos de extinción., Gastos de salvamento. Gastos de demolición y desescombro.
  • Ruina total.
    Daños materiales directos como consecuencia de obras de construcción o reforma de construcciones realizadas por Terceros en el suelo o en el subsuelo, distintas de las realizadas en la Comunidad de Propietarios o Edificio asegurado, siempre que provoquen daños sobre elementos estructurales que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
  • Daños Eléctricos.
    Los daños causados en las instalaciones eléctricas, aparatos eléctricos o electrónicos y sus accesorios, ascensores, montacargas, así como a los aparatos de generación, transformación y distribución de energía, que cumplan con las normas legales vigentes y que formen parte de los elementos comunes del continente y/o contenido comunitario asegurado, debidos a alteraciones en la red eléctrica general, cortocircuitos, combustión o caída de rayo, y siempre que dichos daños sean producidos por la electricidad.
  • Cristales / Roturas
    Los daños materiales directos que por roturas accidentales sufran los elementos comunes que se citan
    • CONTINENTE: Lunas, espejos, vidrios y cristales, cristales de placas solares, cristales de instalaciones deportivas, si están declaradas en póliza. Aparatos sanitarios.
    • CONTENIDO COMUNITARIO Lunas, espejos, vidrios y cristales que de forma fija estén instalados en dicho contenido que formen parte del mobiliario o estando instalados en las paredes no estén fijados de forma inamovible. Las encimeras, mármoles, granitos.
  • Responsabilidad civil y fianzas.
    Cubre hasta el límite que figure en las Condiciones Particulares, él Asegurador toma a su cargo el pago de las indemnizaciones exigidas por un tercero y de las cuales el Asegurado resulte civil y extracontractualmente responsable, por daños ocurridos durante la vigencia de esta garantía, cuyas consecuencias sean: Daños personales, Daños materiales, Perjuicios económicos.
  • Responsabilidad civil de los órganos de gobierno de la comunidad
    La responsabilidad civil de los órganos de gobierno de la comunidad se refiere a la obligación legal que tienen los administradores o miembros de la junta de responder por los daños que puedan causar a terceros, incluidos los propios vecinos, debido a decisiones o acciones negligentes en el ejercicio de sus funciones. La cobertura aseguradora en este contexto protege a estos órganos frente a reclamaciones económicas derivadas de dicha responsabilidad, cubriendo los gastos legales y las indemnizaciones que puedan derivarse de estas reclamaciones.
  • Robo, atraco y desperfectos.
    • Daños materiales y directos producidos en zonas de propiedad y uso común como consecuencia de robo o intento del mismo
    • Desaparición, destrucción o deterioro (10% suma asegurada edificio)
    • Desperfectos en puertas, ventanas, paredes, techos y suelos (10% suma asegurada edificio)
    • Daños materiales o directos en los enseres comunes (100% suma asegurada para enseres comunes)
  • Defensa Jurídica
    Dentro de los límites establecidos en la Ley y en este contrato, se hace cargo de los gastos en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, a prestarle los servicios de asistencia jurídica derivados de la cobertura del seguro. Las garantías reguladas en este capítulo y sus condiciones no se aplicarán a la defensa jurídica realizada por el asegurador de la R. C de conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley de Contrato de seguro.
  • Asistencia a la comunidad
    Envío de profesionales. Reparaciones de emergencia en caso de robo., daños por agua, daños eléctricos. Asesoramiento jurídico en caso de robo. Servicio de vigilancia. Servicio de desratización, desinsectación, desinfección. Inspección técnica de edificios.
  • Daños por Agua. / Exceso de consumo de agua.

    • Daños Elementos Comunes, (también se pueden contratar daños por agua en zonas privativas, dependiendo del estado de la comunidad y del proveedor del seguro)
    • Gastos de desatasco conducciones comunitarias sin daños Reparación y/o sustitución.
    • Reparación y sustitución de tubería vista sin daños.
    • Exceso de consumo de agua.
  • Daños Estéticos.

    • Los gastos adicionales que, a consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, sean necesarios para la recomposición estética de los elementos comunes del continente asegurado cuando la reparación de la parte afectada por el siniestro menos cabe la armonía inicial de la estancia o habitación donde éste se produjo. Para dicha recomposición se utilizarán materiales de características y calidad similar a los que había anteriormente.
    • El reembolso de gastos estará condicionado a la reparación efectiva del daño.
  • Pérdida de alquileres.

El asegurador indemnizará la pérdida de los alquileres que se obtuvieran por el arriendo de aquellas viviendas o locales del inmueble asegurado que se hiciesen inhabitables como consecuencia de un siniestro amparado por esta póliza.

100% suma asegurada edificio.

  • Infidelidad de empleados.

El robo, expoliación o hurto de cualquier bien asegurado cometido por los empleados al servicio del Tomador, asalariados y dados de alta en la Seguridad Social.

  • Accidentes individuales

Los accidentes corporales derivados de una causa violenta súbita y ajena, y que sufran los empleados dados de alta en el régimen de la seguridad social siempre que el accidente se produzca en su actividad profesional.

  • Avería de maquinaria.

Los daños materiales que sufra la maquinaria fija. En caso de asegurarse, deberá estar expresamente identificada y declarada en las condiciones particulares de la póliza.

Coberturas básicas habituales:

  • Incendio, explosión y caída del rayo.
    Incendio: Daños sufridos en los bienes asegurados por un incendio., explosión, implosión. Daños sufridos por los bienes asegurados por la acción súbita o violenta de la presión o depresión de los gases o vapores.
    • Gastos de demolición y desescombro
    • Gastos aplicación de medidas adoptadas por la autoridad
    • Gastos de salvamento
  • Riesgos derivados de la naturaleza
    Los daños materiales directos producidos a los bienes asegurados, cuando se produzcan de forma anormal alcanzando las siguientes magnitudes
    • Lluvia: precipitación superior a 40 litros por m2/hora
    • Viento: velocidades superiores a 80 km/hora
    • Pedrisco o nieve; cualquiera que sea su intensidad.
    • También los daños por viento en los bienes asegurados ocasionados por objetos transportados o derribados por el viento, siempre que la velocidad sea superior a 80 km/hora.
  • Extensión garantía y otras garantías.
    • Daños materiales por actos de vandalismo o malintencionados.
    • Gastos desatasco. Gastos de extinción., Gastos de salvamento. Gastos de demolición y desescombro.
  • Ruina total.
    Daños materiales directos como consecuencia de obras de construcción o reforma de construcciones realizadas por Terceros en el suelo o en el subsuelo, distintas de las realizadas en la Comunidad de Propietarios o Edificio asegurado, siempre que provoquen daños sobre elementos estructurales que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
  • Daños Eléctricos.
    Los daños causados en las instalaciones eléctricas, aparatos eléctricos o electrónicos y sus accesorios, ascensores, montacargas, así como a los aparatos de generación, transformación y distribución de energía, que cumplan con las normas legales vigentes y que formen parte de los elementos comunes del continente y/o contenido comunitario asegurado, debidos a alteraciones en la red eléctrica general, cortocircuitos, combustión o caída de rayo, y siempre que dichos daños sean producidos por la electricidad.
  • Cristales / Roturas
    Los daños materiales directos que por roturas accidentales sufran los elementos comunes que se citan
    • CONTINENTE: Lunas, espejos, vidrios y cristales, cristales de placas solares, cristales de instalaciones deportivas, si están declaradas en póliza. Aparatos sanitarios.
    • CONTENIDO COMUNITARIO Lunas, espejos, vidrios y cristales que de forma fija estén instalados en dicho contenido que formen parte del mobiliario o estando instalados en las paredes no estén fijados de forma inamovible. Las encimeras, mármoles, granitos.
  • Responsabilidad civil y fianzas.
    Cubre hasta el límite que figure en las Condiciones Particulares, él Asegurador toma a su cargo el pago de las indemnizaciones exigidas por un tercero y de las cuales el Asegurado resulte civil y extracontractualmente responsable, por daños ocurridos durante la vigencia de esta garantía, cuyas consecuencias sean: Daños personales, Daños materiales, Perjuicios económicos.
  • Responsabilidad civil de los órganos de gobierno de la comunidad
    La responsabilidad civil de los órganos de gobierno de la comunidad se refiere a la obligación legal que tienen los administradores o miembros de la junta de responder por los daños que puedan causar a terceros, incluidos los propios vecinos, debido a decisiones o acciones negligentes en el ejercicio de sus funciones. La cobertura aseguradora en este contexto protege a estos órganos frente a reclamaciones económicas derivadas de dicha responsabilidad, cubriendo los gastos legales y las indemnizaciones que puedan derivarse de estas reclamaciones.
  • Robo, atraco y desperfectos.
    • Daños materiales y directos producidos en zonas de propiedad y uso común como consecuencia de robo o intento del mismo
    • Desaparición, destrucción o deterioro (10% suma asegurada edificio)
    • Desperfectos en puertas, ventanas, paredes, techos y suelos (10% suma asegurada edificio)
    • Daños materiales o directos en los enseres comunes (100% suma asegurada para enseres comunes)
  • Defensa Jurídica
    Dentro de los límites establecidos en la Ley y en este contrato, se hace cargo de los gastos en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, a prestarle los servicios de asistencia jurídica derivados de la cobertura del seguro. Las garantías reguladas en este capítulo y sus condiciones no se aplicarán a la defensa jurídica realizada por el asegurador de la R. C de conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley de Contrato de seguro.
  • Asistencia a la comunidad
    Envío de profesionales. Reparaciones de emergencia en caso de robo., daños por agua, daños eléctricos. Asesoramiento jurídico en caso de robo. Servicio de vigilancia. Servicio de desratización, desinsectación, desinfección. Inspección técnica de edificios.

Opciones Adicionales del seguro:

  • Daños por Agua. / Exceso de consumo de agua.

    • Daños Elementos Comunes, (también se pueden contratar daños por agua en zonas privativas, dependiendo del estado de la comunidad y del proveedor del seguro)
    • Gastos de desatasco conducciones comunitarias sin daños Reparación y/o sustitución.
    • Reparación y sustitución de tubería vista sin daños.
    • Exceso de consumo de agua.
  • Daños Estéticos.

    • Los gastos adicionales que, a consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, sean necesarios para la recomposición estética de los elementos comunes del continente asegurado cuando la reparación de la parte afectada por el siniestro menos cabe la armonía inicial de la estancia o habitación donde éste se produjo. Para dicha recomposición se utilizarán materiales de características y calidad similar a los que había anteriormente.
    • El reembolso de gastos estará condicionado a la reparación efectiva del daño.
  • Pérdida de alquileres.

El asegurador indemnizará la pérdida de los alquileres que se obtuvieran por el arriendo de aquellas viviendas o locales del inmueble asegurado que se hiciesen inhabitables como consecuencia de un siniestro amparado por esta póliza.

100% suma asegurada edificio.

  • Infidelidad de empleados.

El robo, expoliación o hurto de cualquier bien asegurado cometido por los empleados al servicio del Tomador, asalariados y dados de alta en la Seguridad Social.

  • Accidentes individuales

Los accidentes corporales derivados de una causa violenta súbita y ajena, y que sufran los empleados dados de alta en el régimen de la seguridad social siempre que el accidente se produzca en su actividad profesional.

  • Avería de maquinaria.

Los daños materiales que sufra la maquinaria fija. En caso de asegurarse, deberá estar expresamente identificada y declarada en las condiciones particulares de la póliza.

Preguntas frecuentes (FAQ)

Las variables más relevantes que influyen en el seguro de comunidad son:

  • Características de la comunidad: tipo de comunidad (pisos, viviendas unifamiliares, comunidad de garaje) , numero de portales , superficie y distribución de zonas comunes , número de plantas y sótanos , número de viviendas u oficinas, antigüedad del edificio, año de reformas, y estado de conservación de la comunidad etc.

  • Capitales a contratar de continente (elementos fijos) y contenido (mobiliario y ajuar comunitario), capital de Responsabilidad civil, etc.,

  • Coberturas a contratar: Incendio, robo, daños por agua (comunitarios, privativos) cristales, responsabilidad Civil, todo riesgo accidental etc.

Cubre los daños que puedan causar las áreas comunes a terceros, como accidentes en escaleras o ascensores.

Se requiere rellenar un cuestionario y la firma por personas autorizas.

A través del administrador de la comunidad a la aseguradora o directamente con nuestro servicio de atención al cliente.

Sí, se incluyen daños por fenómenos meteorológicos como tormentas o granizo.

Protege contra daños que afecten la estética de las áreas comunes, como pintura o decoración.

Sí, cubrimos robos y actos vandálicos en zonas compartidas.

Incluye asesoramiento legal en disputas relacionadas con la comunidad.

La cobertura de daños por agua protege contra las fugas en tuberías y equipos comunes.

Asesoramiento Personalizado:

Nuestro equipo de expertos te ayudará a elegir la mejor cobertura según tus necesidades.

Rápida Gestión de Siniestros:

Procesos ágiles y eficientes para que recuperes tu normalidad lo antes posible.

Atención al Cliente

Resolvemos tus consultas con agilidad y dedicación, siempre a tu disposición

Descuentos y Bonificaciones

Aprovecha nuestras ofertas y bonificaciones por buena conducción.