Seguro de Alquiler de viviendas
Tranquilidad Financiera en Tiempos de Incertidumbre
¿Te preocupa que tu inquilino no pague el alquiler?
Despreocúpate por completo y vive con la máxima tranquilidad, un buen seguro es tan importante como elegir un inquilino, nosotros nos encargamos de defender y reclamar tus derechos como propietario.
Coberturas básicas (habituales):
- Impago de Rentas
Es una garantía que cubre el coste de impago de renta y suministros (con un máximo de 12 anualidades) por parte del inquilino, siempre que exista un juicio de desahucio. También suelen cubrir el cambio de cerradura. - Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento: Defensa y reclamación de los hechos derivados del contrato de alquiler.
- Perdida de alquileres por incendio: hasta que la vivienda sea habitable.
- Defensa frente otras aseguradoras: defienden los derechos como propietarios frente otras aseguradoras.
- Defensa Penal como arrendador y como miembro de la junta de propietarios.
- Reclamación de daños ocasionados al inmueble: reclamación por vía amistosa o judicial de los dañas ocasionados a la propiedad o las cosas muebles ubicadas en él.
- Defensa como consumidor: defensa como consumidor en contratos de compra, alquileres, seguros y suministro.
- Defensa como propietario frente a la comunidad u otros propietarios.
- Asistencia jurídica telefónica
Coberturas:
- Impago de Rentas
Es una garantía que cubre el coste de impago de renta y suministros (con un máximo de 12 anualidades) por parte del inquilino, siempre que exista un juicio de desahucio. También suelen cubrir el cambio de cerradura. - Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento: Defensa y reclamación de los hechos derivados del contrato de alquiler.
- Perdida de alquileres por incendio: hasta que la vivienda sea habitable.
- Defensa frente otras aseguradoras: defienden los derechos como propietarios frente otras aseguradoras.
- Defensa Penal como arrendador y como miembro de la junta de propietarios.
- Reclamación de daños ocasionados al inmueble: reclamación por vía amistosa o judicial de los dañas ocasionados a la propiedad o las cosas muebles ubicadas en él.
- Defensa como consumidor: defensa como consumidor en contratos de compra, alquileres, seguros y suministro.
- Defensa como propietario frente a la comunidad u otros propietarios.
- Asistencia jurídica telefónica
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Quién paga el seguro?
Recomendamos que este seguro de protección jurídica sea abonado siempre por el propietario.
Requisitos y documentación para contratar un seguro de impago de alquiler
Para contratar este seguro, es necesario realizar un estudio previo de los inquilinos sean asalariados, autónomos, o pensionistas. Para realizarlo es imprescindible reunir la siguiente documentación y remitirla a TEKNOVA.
En caso de asalariados:
Dos últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboral, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
En caso de autónomos:
Última declaración de la renta, dos últimos recibos del pago de autónomos a la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
En caso de pensionistas:
Último justificante de pensión emitido por la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
¿Cuál es la vigencia del seguro?
La vigencia de este seguro es anual y su renovación es automática salvo en el caso de que solicites la baja por escrito.
¿Cuándo empiezo a cobrar el adelanto de mensualidades?
El adelanto de las rentas impagadas se efectúa una vez hayan dado comienzo las acciones judiciales y estén dentro del período de 3 meses posteriores al primer impago de mensualidad.
¿Queda cubierto el impago de suministros?
Siempre y cuando el inquilino haya impagado rentas del alquiler, te cubrimos hasta un máximo de 150€ para cubrir el menor importe de la deuda pendiente o el cambio o nueva alta del contrato de suministros (agua, gas y electricidad).
¿Qué ocurre si se marcha o cambio de inquilino?
En el supuesto de que se marche o cambie el inquilino no es necesario cancelar el seguro que tengas contratado. En este sentido, basta con contactar con nosotros y realizar una suspensión temporal mediante la firma del contrato de rescisión.
¿Qué ocurre si se marcha el inquilino durante la gestión del impago?
En el supuesto de que el inquilino moroso te entregue las llaves y deje la vivienda cuando ya nos has informado del impago, pero la demanda de desahucio aún no se ha presentado, igualmente te adelantamos hasta 2 meses impagados (a descontar el mes de franquicia)
Asesoramiento Personalizado:
Nuestro equipo de expertos te ayudará a elegir la mejor cobertura según tus necesidades.
Rápida Gestión de Siniestros:
Procesos ágiles y eficientes para que recuperes tu normalidad lo antes posible.
Atención al Cliente
Resolvemos tus consultas con agilidad y dedicación, siempre a tu disposición
Descuentos y Bonificaciones
Aprovecha nuestras ofertas y bonificaciones por buena conducción.